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Cuando se compra una vivienda y se firma una hipoteca se debe tener en cuenta tres tipos de impuestos: IVA para hogares nuevos, impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el cual grava las casas de segunda mano y finalmente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. 

Tan solo el Impuesto de Actos Jurídicos está relacionado directamente con la hipoteca y lo paga el banco. Pese a esto, es un impuesto que se duplica, puesto que hay que efectúa el pago una primera vez para la constitución de la hipoteca y una segunda por la acción de compraventa, la cual les corresponde al consumidor. 

Por otro lado, el cliente también tiene que hacer frente a los costes de la hipoteca, pero ante los últimos cambios tan solo le corresponde por Ley la tasación de la casa y la nota simple.

Impuesto Actos Jurídicos Documentados 

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados está regulado por el Real Decreto Legislativo y está gestionado por cada CCAA como un impuesto sobre la escritura notarial, el cual se aplica cuando se formaliza una hipoteca o una compraventa de vivienda. 

El pago del impuesto de la hipoteca le corresponde al banco tras la nueva Ley Hipotecaria, puesto que se cree que las entidades bancarias son los principales beneficiados de la formalización de la hipoteca. Mientras que el pago del IAJD de la acción de compraventa que le compete al cliente. 

Impuesto Valor Añadido en vivienda nueva 

Este tipo de impuesto es conocido por las siglas IVA y se trata de un impuesto que está presente en el día a día cuando se hace la compra de cualquier producto. En el caso de las viviendas nuevas corresponde al 10% sobre el valor del inmueble. 

Impuesto Transmisiones Patrimoniales en vivienda segunda mano 

En la compraventa de un hogar de segunda mano, en lugar de aplicarse el IVA corresponde al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el cual grava la transmisión o venta de bienes entre particulares. 

Consiste en un impuesto concedido a las CCAA cuyo gravamen depende entre un 6% y 11%. Te aconsejamos consultar el dato de Comunidad Autónoma a  la Administración, puesto que existen infinidad de bonificaciones o excepciones, así como también hay un plazo determinado de 30 días laboras desde que se formaliza la compraventa hasta que se liquida el impuesto. 

¿Quién paga el impuesto de las hipotecas?

Este tipo de impuesto lo debe abonar el banco una vez se haya aprobado el último Real Decreto Ley una vez se eleve a pública la hipoteca. No obstante, te recordamos que el IAJD le compete al cliente. 

¿Quién puede reclamar el impuesto de hipotecas? 

Tan solo los clientes que  efectuaron en su día el impuesto de la hipoteca tienen un período de 5 años para hacer la reclamación de la devolución, según dicta la Ley/2000 de Enjuiciamiento Civil.