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Invertir en préstamos hipotecarios de capital privado es una de las inversiones más atractivas en cuanto a la relación rentabilidad-riesgo del mercado. Antes de profundizar en qué se basa este tipo de inversión, le queremos informar de quienes somos y nuestra regulación en este tipo de mercado financiero:

Grupo Kontactalia es un grupo de empresas multidisciplinar especializado en los sectores financiero e inmobiliario fundado en el año 2009 por un grupo de profesionales con amplia experiencia en ambos sectores.

Nuestras empresas se encuentran reguladas por el Banco de España según la nueva Ley Hipotecaria del 15 de Marzo del 2019, que rige la concesión, intermediación y celebración de préstamos al consumo así como por el Ministerio de Sanidad y Consumo según el Real Decreto 106/2011 de 28 de Enero previsto en la Ley 2/2009 del 31 de Marzo por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. 

Inversiones de capital privado

CÓMO PUEDO INVERTIR

Grupo Kontactalia, como grupo de empresas regulado por el Ministerio de Sanidad y Consumo así como por el Banco de España, le ofrece la posibilidad de invertir a partir de 30.000€ con una rentabilidad fija del 9% al 11% anual sin necesidad de estar regulado y desde el primer día.

Ha de tener en cuenta que tras la nueva ley hipotecaria del 15 de Marzo del 2019, para que una persona o empresa pueda realizar préstamos al consumo garantizados por un bien inmueble a nombre de un particular, seria necesario que cumpliera una serie de requisitos y obligaciones. 

¿QUÉ REQUISITOS SERIAN NECESARIOS?

  • Realizar un curso de formación financiera específico y obtener el título correspondiente.
  • Darse de alta en Hacienda y Seguridad Social para poder ejercer la actividad.
  • Tramitar el alta y regulación en el Banco de España como profesional del sector.


Por ello, para acceder a este tipo de inversiones sin necesidad de cumplir con ninguno de los requisitos anteriormente expuestos, se hace indispensable invertir en préstamos hipotecarios de tipo empresarial, en donde ningún consumidor o persona física sea garante, hipotecante, ni deudor del préstamo.

Como invertir en prestamos hipotecarios de capital privado

NUESTRO MODELO DE INVERSIÓN

Grupo Kontactalia, a través de sus inversores, concede financiación a empresas solventes con la garantía de una propiedad inmobiliaria sin cargas valorada entre 3 y 4 veces más que el préstamo concedido. Dicho de otra forma, otorga liquidez mediante una préstamo hipotecario sobre un inmueble con un valor muy superior al importe de la inversión realizada.

El interés del préstamo concedido es la rentabilidad anual que obtienen nuestros inversores al prestar su capital.

¿CÓMO LO HACEMOS?

Para ello, se realiza el análisis económico y financiero del cliente así como un análisis jurídico-inmobiliario de la propiedad que el cliente propondrá como garantía. Este análisis es realizado de forma interna por nuestra división inmobiliaria. Posteriormente, en cumplimiento a la normativa ECO 805/2003 por orden del Ministerio de Economía en la que se establecen las normas para el cálculo del valor de tasación de bienes inmuebles se encarga una tasación realizada por una Sociedad oficial vinculada al Banco de España.

Por supuesto, la firma del contrato de préstamo hipotecario y/o escritura se realiza SIEMPRE ante Notario. Posteriormente dicho contrato se inscribe en el Registro de la Propiedad correspondiente para la máxima seguridad jurídica de la inversión.

CARACTERÍSTICAS DEL PRÉSTAMO

Interés: 9,75% al 10,95% anual
Interés de demora: 12,75% al 13,95% anual
Pagos: Mensuales, trimestrales, semestrales o anuales.
Tipo de amortización: En carencia o devolución francesa (capital+interés)
Plazo de devolución máximo: 15 años

Fiscalidad de los préstamos de capital privado

EJEMPLO PRÁCTICO

FINANCIACIÓN A UNA EMPRESA (PRODUCTO INVER-PYME)

Una empresa precisa de liquidez puntual para el pago de impuestos. Sus administradores han acudido a su entidad bancaria habitual, pero la respuesta ha sido negativa a causa del mal balance del último año.

Para poder hacer frente a estos pagos, la empresa ha decidido vender uno de sus activos inmobiliarios. Mientras realizan la gestión comercial de venta, nos solicitan un préstamo hipotecario de 100.000€ a modo de adelanto con la garantía de uno de sus activos más preciados, una nave industrial muy bien ubicada valorada en 500.000€.

Préstamo resultante: 114.900 € (incluye todos los gastos, impuestos y honorarios)
Interés: 10,95% de interés anual
Devolución máxima: 5 años
Cuotas: Mensuales de solo intereses de 1.048,46€/mes.
Beneficio total de la operación: 62.907,75€ (en caso de durar los 5 años sin que hayan vendido la propiedad)
Observaciones importantes: En este caso es muy posible que nuestra inversión dure menos de 1 año, a lo sumo 2. En el momento de venta del inmueble se cancelaría nuestra hipoteca y hasta la fecha nos ha generado beneficios de un 10,95% anual mientras nuestra hipoteca ha estado vigente.

Tipos de inversión en préstamos hipotecarios de capital privado

FISCALIDAD

Los préstamos de capital privado, es decir, la inversiones en préstamos hipotecarios, tributarán en su IRPF como Rendimiento de Capital Mobiliario, en base al beneficio que obtengamos:

Beneficios hasta 6.000€: 19%
Beneficios desde 6.000,01€ hasta 50.000€: 21%
Beneficios a partir de 50.000€: 23%

Muchas de las inversiones habituales del mercado tributan según nuestra base imponible general, en cambio, nuestras inversiones tributan a unos tipos impositivos muy favorables.

Preguntas frecuentes sobre los préstamos con garantia hipotecaria

PREGUNTAS FRECUENTES

¿CÓMO PUEDO CONVERTIRME EN INVERSOR?

Una vez haya decidido invertir en capital privado mediante préstamos con garantía hipotecaria, pasaría a formar parte de nuestra bolsa de inversores privados y recibiría todas nuestras propuestas de inversión vía mail y por teléfono. Usted podrá elegir la propuesta que mejor se adapte a sus necesidades y acto seguido, procederemos a explicarle en detalle el proceso de la misma con el fin de formalizarla en el plazo estipulado.

¿QUÉ TIPO DE PROPIEDADES SE ADMITEN COMO GARANTÍA?

Las propiedades inmobiliarias que tomamos como garantía pueden ser viviendas, locales, edificios, naves industriales, hoteles o incluso plazas de parking. Para garantizar el buen fin de la operación, seleccionamos cuidadosamente las que ofrezcan más garantías de reembolso.

¿QUÉ TIPO DE CONTRATO SE FIRMA Y DÓNDE?

El tipo de contrato que se formaliza con el cliente siempre es una escritura de préstamo personal o empresarial con garantía hipotecaria ante notario e inscribimos el préstamo concedido en el Registro de la Propiedad correspondiente.

¿QUÉ DEBO HACER DURANTE LA VIGENCIA EL PRÉSTAMO?

Absolutamente nada. Simplemente revisar periódicamente que los pagos vayan sucediéndose en su cuenta bancaria. No precisa de ninguna acción posterior salvo las comunicaciones y asesoramiento que tengamos durante la vigencia del préstamo.

¿QUÉ SUCEDE EN CASO DE IMPAGO?

En caso de no percibir el pago por parte del cliente en la fecha acordada, nuestro departamento de recobro se pone en funcionamiento con el fin de obtener información de la situación del cliente y se procede a la reclamación amistosa de la deuda.

En caso de que el impago se produzca de forma reiterada, nuestro departamento jurídico revisará el expediente y si procede, interpondrá la demanda correspondiente. Durante este proceso, la propiedad inmobiliaria utilizada como garantía será objeto de subasta pública con el fin de recuperar el capital invertido, los intereses de demora correspondientes y cualquier costa que hayamos podido tener durante dicho proceso.

DÉJENOS SUS DATOS DE CONTACTO Y LE INFORMAREMOS EN DETALLE Y SIN COMPROMISO SOBRE NUESTRO PRODUCTO DE INVERSIÓN INVER-PYME.